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Iniciativa Popular

 Â¿Qué es una iniciativa popular legislativa y normativa?

Una iniciativa popular legislativa y normativa es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de Ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que éstos sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente. Este mecanismo de participación se encuentra estipulado en el artículo 2 de la Ley 134 de 1994 (Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana) y reglamentado por los capítulos I, II y III artículos entre el 10 y el 31 de dicha ley.

 

¿Cuál es la diferencia entre una iniciativa legislativa y de una iniciativa normativa?

Son iniciativas legislativas aquellas que se refieren a actos administrativos que les corresponde expedir a Corporaciones Públicas de orden territorial: asambleas departamentales, concejos municipales y distritales.

Por otro lado se habla de iniciativas legislativas cuando se refiere a leyes o actos legislativos que le conciernen por su carácter nacional al Congreso de la República.

 

¿Por qué los ciudadanos pueden hacer uso de la iniciativa popular legislativa?

La ciudadanía puede hacer el trámite para una iniciativa popular legislativa normativa porque este mecanismo se desenvuelve en el marco de los derechos políticos consagrados en el artículo 40 de la Constitución Política de Colombia, que contempla, entre otros, el derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Además la Iniciativa hace referencia a puntos específicos de los derechos políticos como se establece con precisión en los numerales 2 y 5 del artículo 40 de Constitución colombiana.

 

¿En qué momento los colombianos pueden solicitar o tramitar una iniciativa popular legislativa?

Las solicitudes de cabildo abierto deben hacerse con al menos quince días de anticipación con relación la fecha de iniciación del periodo de sesiones de la entidad ante la cual puede ser solicitado formalmente (asamblea departamental, concejo distrital, municipal o junta administradora local).

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